Para abrir una cuenta en nuestra entidad a favor de una persona física se precisa:
- Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente.
- Cumplimentar adecuadamente y firmar los documentos de apertura de cuentas y demás documentación complementaria de la misma.
- Acreditación del domicilio efectivo y habitual.
- Número de teléfono, fax y/o correo electrónico.
- Actividad profesional con expresión de la fuente de dónde provengan sus ingresos.
Para abrir una cuenta en nuestra entidad a favor de una persona jurídica se precisa:
- Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente de las personas con facultades de representación de la persona jurídica y de los apoderados que hayan de tener facultades en la cuenta.
- Cumplimentar adecuadamente y firmar los documentos de apertura de cuentas y demás documentación complementaria de la misma.
- Acreditación del domicilio legal y efectivo de la persona jurídica así como el número de teléfono, fax y/o correo electrónico.
- Documentación constitutiva de la persona jurídica y acreditación de su constitución e inscripción en el oportuno registro público. Los documentos legales deberán estar debidamente legalizados y apostillados.
- Acreditación de la actividad desarrollada por la persona jurídica que fundamenta la fuente de sus principales ingresos.
Para mayor información, BPA ha puesto a su disposición el siguiente número de teléfono de contacto +376 873 500 y la siguiente dirección de correo electrónico bpa@bpa.ad donde le atenderemos y, si lo desea, podremos concertarle una visita o aclararle cualquier duda que pueda tener.